El 25 de mayo de 2018 entra en vigor el nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) con carácter OBLIGATORIO. En Prodainfor Consultores le ofrecemos soluciones en consultoría especializada en este nuevo reglamento al igual que hemos venido haciendo con la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Del mismo modo, ofrecemos soluciones de consultoria especializada en la Ley de Servicios de Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE).
El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) sustituirá a la actual normativa vigente (LOPD) y comenzará a aplicarse el 25 de mayo de 2018. Los Estados de la Unión Europea, las Instituciones y también las empresas y organizaciones que tratan datos están OBLIGADOS a su cumplimento, deben adaptarse y estar en condiciones de DEMOSTRARLO documentalmente.
En Prodainfor Consultores, le ofrecemos un servicio profesional de adaptación (si ya cumple y tiene implantada la LOPD) o de implantación (si actualmente no cumple con la LOPD) del nuevo reglamento para toda la Unión Europea, el RGPD (GDPR, por sus siglas en inglés - General Data Protection Regulation). Como profesionales del sector sabemos de la importancia y obligación de cumplir con este reglamento (aumento de las sanciones que pueden llegar a ser millonarias, exposición a denuncias de usuarios/clientes, reputación de su empresa, cumplimiento normativo, ...), por lo cual nos permitimos aconsejarle que no deje en manos de "cualquiera" algo tan importante para usted o la entidad a la que pertenece.
Al contratar nuestros servicios de Consultoría le asesoramos, facilitamos y acompañamos en todo el proceso de adaptación y/o implantación, con una comunicación directa y personal con nuestros técnicos-consultores en Protección de Datos (que cuentan con todo un amplio equipo de apoyo tanto legal como administrativo con años de experiencia en protección de datos) para:
- Determinar si usted, su asociación o su empresa tiene obligación de cumplir e implantar el RGPD (servicio gratuito).
- Determinar si su empresa tiene obligación de acreditar un Delegado en Protección de Datos (DPD), contratar los servicios de uno externo (para lo cual le ofrecemos DPD acreditados) o en último caso ayudarles a designar un Responsable del Tratamiento (o Responsable de Protección de Datos - RPD) que tendrá comunicación directa con nuestros técnicos.
- Elaborar y mantener el REGISTRO de ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO, caso de ser necesario para su organización.
- Realizar un ANÁLISIS DE RIESGOS, que sea resultado de una reflexión y quedando documentadas las implicaciones de los tratamientos en los derechos y libertades de los interesados, y de esta manera, poder valorarlas y realizar una correcta aplicación de medidas de responsabilidad activa condicionadas al riesgo que los tratamientos puedan suponer.
- Realizar una EVALUACIÓN DE IMPACTO, caso de ser necesario a partir de los resultados del análisis de riesgos.
- Asesorar y colaborar son el RPD o DPD de su organización para establecer, mantener y actualizar las MEDIDAS DE SEGURIDAD tanto técnicas como organizativas apropiadas para garantizar el nivel de seguridad adecuado en función de los riesgos detectados.
- Asesorar y colaborar con el RPD (DPD) para establecer los mecanismos y procedimientos de notificación obligatorios a la autoridad de protección de datos dentro de las 72 horas siguientes del conocimiento de una QUIEBRA DE SEGURIDAD que ocasione la destrucción, pérdida o alteración accidental o ilícita de datos personales transmitidos, conservados o tratados de otra forma, o la comunicación o acceso no autorizados a dichos datos y que suponga un riesgo para los derechos y libertades de los afectados.
- Asesorar y colaborar con el RPD (DPD) para que su organización realice el resto de actuaciones simultáneas necesarias (además de las anteriores) tales como:
- Adecuar los FORMULARIOS para cumplir (y poder acreditar su cumplimento) con la obligación de informar a las personas interesadas sobre las circunstancias relativas al tratamiento de sus datos.
- Adaptar los MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS para el ejercicio de los derechos.
- Valorar si los ENCARGADOS DEL TRATAMIENTO (Asesorías/Gestorías Laborales y/o Contables, Servicios informáticos (SAT, Hosting, email, ...) o cualquier otra persona física o jurídica que preste servicio a su organización que conlleve el tratamiento de datos personales por cuenta de éste) ofrecen garantías y ADAPTAR LOS CONTRATOS (que acerca de protección de datos mantiene o debe mantener con ellos) al nuevo reglamento.
- Elaborar / Adaptar la POLÍTICA DE PRIVACIDAD
En todo caso, es imprescindible documentar
todas las actuaciones realizadas para poder acreditar
la diligencia en el cumplimiento del RGPD.
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